El Concejal de Deportes del Ayuntamiento de Tuineje Christian Cabrera Carmona informa que se ha abierto el plazo de solicitud de subvenciones a clubes, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro del municipio de Tuineje para el fomento del deporte, año 2017.

Así mismo indicar que la concejalía de deportes pone a disposición de los interesados un servicio de asesoramiento en la Escuela de Vela ubicada en el Aceitún.

A continuación se publica un resumen con los datos más relevantes de la convocatoria:

–         El plazo de solicitud será desde el 16 hasta el 30 de mayo de 2017.

–         Antes de la presentación pasar por la concejalía de deportes en horario de 07:00 a 09:30 de lunes a viernes.

–         Recordarles que deben de presentar los originales y el registro los cotejará (no hace falta lleven las fotocopias, se les fotocopiará).

–         Usar los formularios que se les adjunta.

–         Ahora mismo solo hay que presentar los siguiente:

 

-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD.

 

  • Número de Identificación Fiscal o Código de Identificación Fiscal del solicitante (fotocopia compulsada).
  • Fotocopia compulsada del Número de Identificación Fiscal del representante legal de la Entidad.
  • Estatutos por los que se rige la Entidad.
  • Acta o certificado donde figure la composición actual de la Junta Directiva.
  • Declaración responsable de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro y compromiso de cumplir con las condiciones de la subvención. Y declaración responsable acreditativa de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).
  • Certificados emitidos por los órganos competentes acreditativos de estar al corriente en las obligaciones: Fiscales (Hacienda Autonómica y Hacienda Estatal) y con la Seguridad Social y Registrales (Registro de entidades Deportivas Canarias). Excepto a aquellas que resulte de aplicación lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Memoria explicativa del carácter de la subvención solicitada, así como incidencia social de la misma y demás aspectos relevantes del destino de la subvención y presupuesto de gastos e ingresos (Anexo III).
  • A dicha memoria, se podrán adjuntar cuantos documentos explicativos del programa se consideren oportunos a fin de facilitar la valoración de la solicitud, siendo obligatorios los siguientes:
  • Línea 1: calendarios de competición, fichas de los jugadores y certificado de la federación de los jugadores que participan en cada equipo.
  • Línea 2: en el caso de impartición de cursos y/o jornadas, adjuntar como justificante las inscripciones y memoria donde explique el contenido y objetivos del curso.
  • Alta a terceros (el impreso será facilitado por la Tesorería o la Unidad Administrativa que tramite el expediente).
  • En caso de que los documentos exigidos ya estuviesen en poder de cualquier órgano del Ayuntamiento de Tuineje, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitido, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no habiendo sufrido modificación alguna desde su aportación.
  • En toda documentación complementaria que sea presentada posteriormente para unir al expediente se deberá indicar el nombre del solicitante y de la convocatoria a la que corresponda.

 

 

Los GASTOS SUBVENCIONABLES para el desarrollo de las actividades de carácter deportivos serán los siguientes:

 

– Línea 1 de Subvención: Actuaciones Deportivas de Colectivos, Clubes o Asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, con calendario oficial.

– Línea 2 de Subvención: Actuaciones Deportivas de Colectivos, Clubes o Asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, sin calendario oficial que organicen eventos, jornadas, cursos, etc.

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de estas Bases, todos los colectivos, clubes o asociaciones deportivas con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, del Municipio de Tuineje que se encuentren inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Tuineje.

No podrán acogerse a las subvenciones objeto de estas Bases, aquellos colectivos, clubes o asociaciones deportivas del Municipio de Tuineje que tengan consignado en el Presupuesto de esta Institución, del ejercicio correspondiente a la convocatoria, una subvención nominada.

Solo podrán acogerse a una de las líneas de subvención.

Con carácter general para ser beneficiario se requiere del solicitante que se encuentre al corriente de sus obligaciones: Fiscales con las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Canaria, frente a la Seguridad Social y Registrales con el Registro de Entidades Deportivas Canarias , no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro, que no tenga pendientes justificaciones de subvenciones concedidas con anterioridad y estar al corriente con las obligaciones de pago con este Ayuntamiento, en el momento de la concesión, y no estar incurso en alguna de las circunstancias que establece el artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Se considerarán subvencionables los siguientes gastos, siempre que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se hayan previsto en el presupuesto del proyecto presentado y se realicen en el plazo establecido en la respectiva convocatoria:

  1. Gastos de organización, desarrollo y participación en eventos de carácter deportivo, incluidos los necesarios para traslados, hospedaje y manutención.
  2. Gastos necesarios para el funcionamiento habitual de los solicitantes, cuyo objeto principal esté directamente relacionado con las actividades deportivas (gastos de personal y servicios profesionales, materiales fungibles y suministros).
  3. Gastos necesarios para el ejercicio de la actividad deportiva, como:
  • Gastos federativos: canon de inscripción, licencias federativas, mutualidad, etc.
  • Gastos de equipaje deportivo para la participación en competiciones oficiales: transporte, alojamiento, manutención.
  • Gastos de monitoraje y arbitraje.

En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de adquisición de inmovilizado, los de atención protocolaria, los de bienes destinados a la venta, los tributos, los gastos de suministros de agua, luz, teléfono, así como las multas y recargos por prórroga o apremio impuestas por las Administraciones Públicas.

 

Quedando expresamente excluidos y no serán objeto de ayuda, los gastos de adquisición de inmovilizado, los de atención protocolaria, los de bienes destinados a la venta, los tributos así como las multas y recargos por prórroga o apremio impuestos por las Administraciones Públicas.

 

EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS DEBERÁ ESTAR COMPRENDIDO OBLIGATORIAMENTE ENTRE EL DÍA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2015 AL 31 DE AGOSTO DE 2016.

 

Los siguientes modelos  Anexo III y anexo IV, se presentarán cuando se conceda la subvención.

 

Puede descargar los formularios pulsando el siguiente enlace:

Formularios subvenciones de deportes