FOTONOTICIA. El Ayuntamiento de Tuineje pone a disposición de los vecinos la oficina de vivienda para la tramitación de subvenciones

 

FOTONOTICIA. El Ayuntamiento de Tuineje pone a disposición de los vecinos la oficina de vivienda para la tramitación de subvenciones

El Ayuntamiento de Tuineje, a través de la Concejalía de Vivienda, informa que las solicitudes de subvenciones en materia de vivienda se podrán gestionar en la Oficina de Vivienda situada en el casco urbano de Tuineje. Asimismo, la  solicitud también podrá presentarse en la sede electrónica del Instituto Canario de la  Vivienda (https://sede.gobcan.es/vivienda/).

El alcalde de Tuineje, Sergio Lloret, explicó que “es una buena oportunidad para todos aquellos que necesiten este tipo de ayudas puedan solicitarla de una forma más rápida y cómoda”. Por su parte, la concejala de vivienda, Delia Figueroa, manifestó que “hemos puesto los recursos necesarios para que puedan entregar la documentación requerida y acceder a la ayuda”.

La subvención del Instituto Canario de la Vivienda se podrá presentar desde el 7 al 28 de agosto de 08:00 a 12:30 horas, e incluye el alquiler (dos años), la rehabilitación para la eficiencia energética, alquiler joven, rehabilitación para la conservación y accesibilidad, y rehabilitación para la accesibilidad e instalaciones, las dos últimas para mayores de 65 años y personas con alguna discapacidad.

En Tuineje, a 7 de agosto de 2018

 

El Ayuntamiento de Tuineje, desde la concejalía de Participación Ciudadana, quiere informarles que el próximo jueves 19 de abril a las 18:00 horas en la casa de la cultura de Gran Tarajal tendrá lugar “el curso sobre constitución de asociaciones y justificación de subvenciones”. Curso gratuito, dirigido a colectivos, AMPAs, asociaciones culturales, deportivas, sociales, musicales…. y a toda persona interesada en la creación de asociaciones.

 

Esperamos vuestra participación

 

 

Abierto el plazo de solicitud de subvenciones a clubes, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro del municipio de Tuineje para el fomento del deporte, año 2017

El Concejal de Deportes del Ayuntamiento de Tuineje Christian Cabrera Carmona informa que se ha abierto el plazo de solicitud de subvenciones a clubes, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro del municipio de Tuineje para el fomento del deporte, año 2017.

Así mismo indicar que la concejalía de deportes pone a disposición de los interesados un servicio de asesoramiento en la Escuela de Vela ubicada en el Aceitún.

A continuación se publica un resumen con los datos más relevantes de la convocatoria:

–         El plazo de solicitud será desde el 16 hasta el 30 de mayo de 2017.

–         Antes de la presentación pasar por la concejalía de deportes en horario de 07:00 a 09:30 de lunes a viernes.

–         Recordarles que deben de presentar los originales y el registro los cotejará (no hace falta lleven las fotocopias, se les fotocopiará).

–         Usar los formularios que se les adjunta.

–         Ahora mismo solo hay que presentar los siguiente:

 

-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR CON LA SOLICITUD.

 

  • Número de Identificación Fiscal o Código de Identificación Fiscal del solicitante (fotocopia compulsada).
  • Fotocopia compulsada del Número de Identificación Fiscal del representante legal de la Entidad.
  • Estatutos por los que se rige la Entidad.
  • Acta o certificado donde figure la composición actual de la Junta Directiva.
  • Declaración responsable de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que se obtengan en el futuro y compromiso de cumplir con las condiciones de la subvención. Y declaración responsable acreditativa de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo II).
  • Certificados emitidos por los órganos competentes acreditativos de estar al corriente en las obligaciones: Fiscales (Hacienda Autonómica y Hacienda Estatal) y con la Seguridad Social y Registrales (Registro de entidades Deportivas Canarias). Excepto a aquellas que resulte de aplicación lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Memoria explicativa del carácter de la subvención solicitada, así como incidencia social de la misma y demás aspectos relevantes del destino de la subvención y presupuesto de gastos e ingresos (Anexo III).
  • A dicha memoria, se podrán adjuntar cuantos documentos explicativos del programa se consideren oportunos a fin de facilitar la valoración de la solicitud, siendo obligatorios los siguientes:
  • Línea 1: calendarios de competición, fichas de los jugadores y certificado de la federación de los jugadores que participan en cada equipo.
  • Línea 2: en el caso de impartición de cursos y/o jornadas, adjuntar como justificante las inscripciones y memoria donde explique el contenido y objetivos del curso.
  • Alta a terceros (el impreso será facilitado por la Tesorería o la Unidad Administrativa que tramite el expediente).
  • En caso de que los documentos exigidos ya estuviesen en poder de cualquier órgano del Ayuntamiento de Tuineje, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el párrafo d) del artículo 53 de la Ley 39/2015, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitido, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y no habiendo sufrido modificación alguna desde su aportación.
  • En toda documentación complementaria que sea presentada posteriormente para unir al expediente se deberá indicar el nombre del solicitante y de la convocatoria a la que corresponda.

 

 

Los GASTOS SUBVENCIONABLES para el desarrollo de las actividades de carácter deportivos serán los siguientes:

 

– Línea 1 de Subvención: Actuaciones Deportivas de Colectivos, Clubes o Asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, con calendario oficial.

– Línea 2 de Subvención: Actuaciones Deportivas de Colectivos, Clubes o Asociaciones deportivas, sin ánimo de lucro, sin calendario oficial que organicen eventos, jornadas, cursos, etc.

Podrán acogerse a las subvenciones objeto de estas Bases, todos los colectivos, clubes o asociaciones deportivas con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, del Municipio de Tuineje que se encuentren inscritos en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas de Tuineje.

No podrán acogerse a las subvenciones objeto de estas Bases, aquellos colectivos, clubes o asociaciones deportivas del Municipio de Tuineje que tengan consignado en el Presupuesto de esta Institución, del ejercicio correspondiente a la convocatoria, una subvención nominada.

Solo podrán acogerse a una de las líneas de subvención.

Con carácter general para ser beneficiario se requiere del solicitante que se encuentre al corriente de sus obligaciones: Fiscales con las Haciendas Estatal y de la Comunidad Autónoma Canaria, frente a la Seguridad Social y Registrales con el Registro de Entidades Deportivas Canarias , no ser deudoras por resolución de procedencia de reintegro, que no tenga pendientes justificaciones de subvenciones concedidas con anterioridad y estar al corriente con las obligaciones de pago con este Ayuntamiento, en el momento de la concesión, y no estar incurso en alguna de las circunstancias que establece el artículo13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Se considerarán subvencionables los siguientes gastos, siempre que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, se hayan previsto en el presupuesto del proyecto presentado y se realicen en el plazo establecido en la respectiva convocatoria:

  1. Gastos de organización, desarrollo y participación en eventos de carácter deportivo, incluidos los necesarios para traslados, hospedaje y manutención.
  2. Gastos necesarios para el funcionamiento habitual de los solicitantes, cuyo objeto principal esté directamente relacionado con las actividades deportivas (gastos de personal y servicios profesionales, materiales fungibles y suministros).
  3. Gastos necesarios para el ejercicio de la actividad deportiva, como:
  • Gastos federativos: canon de inscripción, licencias federativas, mutualidad, etc.
  • Gastos de equipaje deportivo para la participación en competiciones oficiales: transporte, alojamiento, manutención.
  • Gastos de monitoraje y arbitraje.

En ningún caso tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de adquisición de inmovilizado, los de atención protocolaria, los de bienes destinados a la venta, los tributos, los gastos de suministros de agua, luz, teléfono, así como las multas y recargos por prórroga o apremio impuestas por las Administraciones Públicas.

 

Quedando expresamente excluidos y no serán objeto de ayuda, los gastos de adquisición de inmovilizado, los de atención protocolaria, los de bienes destinados a la venta, los tributos así como las multas y recargos por prórroga o apremio impuestos por las Administraciones Públicas.

 

EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS DEBERÁ ESTAR COMPRENDIDO OBLIGATORIAMENTE ENTRE EL DÍA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2015 AL 31 DE AGOSTO DE 2016.

 

Los siguientes modelos  Anexo III y anexo IV, se presentarán cuando se conceda la subvención.

 

Puede descargar los formularios pulsando el siguiente enlace:

Formularios subvenciones de deportes